
Desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2020, reconoce el Servicio Público de Empleo que con el objeto de acelerar el reconocimiento de las solicitudes colectivas en los expedientes de suspensión de contratos y reducción de jornada por fuerza mayor o por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción solo se tuvieron en cuenta los hijos e hijas a cargo de las personas trabajadoras de las que el SEPE tenía conocimiento.
En el día de ayer, el Director General del citado organismo, en una nota confeccionada al efecto, indica que el SEPE regularizará de oficio el aumento de las cantidades a quienes tengan derecho sin que las personas afectadas tengan que realizar reclamación alguna.
Puede consultar la citada nota en el siguiente enlace.